La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones advierte que las líneas no vinculadas en tiempo y forma serán suspendidas y solo conservarán acceso a emergencias
Las líneas telefónicas de prepago que aún no han sido vinculadas deberán cumplir con un calendario obligatorio basado en el último dígito del número celular, de acuerdo con la información difundida por la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT).
El esquema establece fechas límite entre agosto y diciembre: por ejemplo, los números que terminan en 0 y 1 deberán vincularse el 15 y 31 de agosto, mientras que los que terminan en 8 y 9 tendrán como plazo el 15 y 31 de diciembre, respectivamente.

La CRT informó que este proceso ya presenta avances importantes, con 63 millones de líneas vinculadas, de las cuales 40.2 millones corresponden a prepago y 22.8 millones a pospago, estas últimas sin necesidad de trámite adicional por estar asociadas a un titular desde su contratación.
El organismo explicó que la medida busca reforzar la seguridad y reducir el anonimato en la telefonía móvil, al señalar que “cada número telefónico debe estar a nombre de una persona, a fin de eliminar el anonimato que ha permitido la comisión de delitos como fraude o extorsión”.
De acuerdo con la autoridad, una vez vencido el plazo correspondiente, las compañías telefónicas suspenderán en un máximo de 72 horas las líneas no vinculadas, las cuales solo podrán realizar llamadas a servicios de emergencia, atención ciudadana o a la propia compañía, además de recibir alertas como las de sismo.
La CRT precisó que el proceso se realiza directamente con las empresas telefónicas, ya que únicamente se asocia el nombre y la CURP del usuario al número celular, sin intervención de otras instancias gubernamentales.
Finalmente, se destacó que las autoridades competentes podrán solicitar información a las compañías en caso de investigaciones por delitos, conforme a lo establecido en el Código Nacional de Procedimientos Penales.
